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¿Deben las residencias desahuciar a los ancianos?

ancianos-sin techoUna residencia de ancianos no debería tener que echar a la calle a un residente para demostrar que sufre dificultades indebidas. No hay motivo para ello. Hay otras formas de demostrar una dificultad indebida sin dejar sin hogar a un anciano residente.
El Departamento de Salud del Estado de Nueva York ha alegado que una residencia de ancianos debería tener que desahuciar a uno de sus residentes para cumplir un requisito previo obligatorio antes de que el residente pueda acogerse a la excepción por dificultades excepcionales de Medicaid. Afortunadamente, el tribunal no está de acuerdo.
Gracias al caso de la División de Apelación de Nueva York, Segundo Departamento Asunto Tarrytown Hall Care Center contra McGuireparece claro que el desalojo de un residente de una residencia de ancianos no es un requisito previo obligatorio para poder acogerse a la excepción por dificultades excepcionales de Medicaid. En Matter of Tarrytown Hall Care Center v. McGuire, el tribunal sostuvo que una residente a la que una residencia de ancianos no intentó desahuciar es, no obstante, elegible para la excepción por dificultades excepcionales a un período de penalización de Medicaid porque la residente era insolvente e incapaz de recuperar los activos, y porque ninguna otra residencia de ancianos la aceptaría.
En Matter of Tarrytown Hall Care Center v. McGuire, Margaret Traino vivió en Tarrytown Hall Care Center desde junio de 2008 hasta su muerte en abril de 2011. Era insolvente y estaba sujeta a un período de penalización de Medicaid debido a una transferencia de activos por menos del valor justo de mercado. La residencia solicitó al Estado el reembolso de Medicaid por el periodo de penalización en virtud de la excepción por dificultades excepcionales. El Estado denegó la solicitud de la residencia, dictaminando que el centro no había demostrado que la Sra. Traino no pudiera recibir la atención médica adecuada sin Medicaid porque no había intentado desahuciar a la Sra. Traino. La residencia recurrió.
El Tribunal Supremo de Nueva York, División de Apelaciones, anuló la decisión del Estado y sostuvo que no es necesario que una residencia de ancianos inicie un procedimiento de desahucio para demostrar la existencia de dificultades excesivas. Según el tribunal, la residencia de ancianos demostró que la Sra. Traino "era incapaz de obtener la atención médica adecuada sin la prestación de Medicaid, ofreciendo pruebas de que el difunto era insolvente e incapaz de recuperar los activos transferidos, y de que ningún centro de enfermería que pudiera proporcionarle el nivel de atención necesario la aceptaría".
Es de esperar que este caso evite que las residencias de ancianos y los residentes tengan que pasar por un aro ridículo que no es más que una carga para la residencia y perjudicial para el residente.

Por Eric J. Einhart - Blogger invitado

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